El
2 de Marzo 2017 el gobierno actual aprobó el Reglamento de la ley 30453, Ley
del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME), que promulgó el gobierno
anterior el 9 de Junio de 2016. El Consejo Nacional de Residentado Médico
(CONAREME) es el órgano directivo del sistema y consta de 40 miembros, 20 de
las universidades y 20 de los institutos prestadores de salud.1
¿Cuál
es la responsabilidad de este sistema? Nada menos que supervisar y controlar
los estudios de post grado de 6,005 jóvenes médicos graduados de 23
universidades y que aspiran a lograr 44 especialidades y sub-especialidades
médicas, según las cifras de admisión solo para el año 2016. Naturalmente, hay
que agregar los miles que ya se encuentran realizando esos estudios y que han
ingresado en años anteriores.2
¿Suena
esto disparatado? Esperen. Ningún postulante puede estudiar su post grado o
acceder a un puesto del Estado, si antes no ha “servido” durante un año en un
obsoleto y a veces peligroso voluntariado en regiones pobres y apartadas del
país para suplir la ausencia de una moderna atención al primer nivel de salud.
Finalmente, el ingreso al post grado es solo mediante un examen nacional para
cada especialidad o sub-especialidad, debido a la carencia y falta de tiempo
para otro tipo de importantes evaluaciones.2
¿Y
cuáles son las instituciones que
funcionan con el SINAREME?: El Ministerio de Salud, las universidades con
programas de segunda especialización (23 de las actuales 36), ASPEFAM
(Asociación Peruana de Facultades de Medicina), las empresas u hospitales
prestadoras de salud, CMP (Colegio Médico Peruano) y ANMRP (Asociación Nacional
de Médicos Residentes del Perú).2 Y aquí está la clave del problema,
de las seis instituciones nombradas solo una (las universidades) tienen una
función meramente educativa, las
demás son gremiales.
Pero,
si nos atenemos a los inaceptables resultados de los últimos cinco exámenes
nacionales de graduación (que administra ASPEFAM desde 2003) publicados por
MINSA recientemente (nota promedio de 10.868 sobre 20 entre 2011 y 2015), la
función educativa de nuestras escuelas médicas deja mucho que desear y nada nos
permite suponer que la labor en el post grado sea diametralmente diferente.3
Por ello es que el autor
viene proponiendo hace más de una década una Reforma del Ejercicio Profesional Médico que incluya un Directorio
Nacional de Especialidades Médicas, en el que cada especialidad tendrá su
Directorio y cada uno será su respectivo ente rector, lo cual asegurará, por
fin, una atención de calidad a la población. Cada Directorio tendrá tres
funciones: 1. Aprobar Programas de Entrenamiento. 2. Certificar a los graduados
mediante exigente examen. 3. Recertificación de especialistas cada 8-10 años.4
El
autor estudió Cirugía General y Cirugía Pediátrica en los Estados Unidos y
practicó durante 22 años en ese país. Volvió al Perú tres veces y trabaja aquí
por 18 años. El American Board of Medical Specialties funciona desde 1933,
tiene 35 miembros y cuenta con la aprobación del Consejo de Educación Médica de
la Asociación de Médicos Americanos (AMA/CME).5 Recordemos que este
Consejo de la AMA fue el que en 1904 asumió la responsabilidad de reformar la
educación médica y, cuatro años más tarde, solicitó a la Fundación Carnegie la
evaluación crítica de las 155 escuelas médicas que funcionaban en Norteamérica
y que culminó con el Informe Flexner de 1910.
En
1933 se crearon los Boards (Directorios) de Dermatología, Obstetricia/Ginecología,
Oftalmología y Otolaringología. Siguieron Ortopedia, Pediatría, Psiquiatría/Neurología,
Radiología y Urología (1935), Medicina Interna y Patología (1936), Cirugía
(1937) Neurocirugía (1940),
Anestesiología y Cirugía Plástica (1941), Medicina Física (1947), Cirugía Colorectal
y Medicina Preventiva (1949), Medicina Familiar (1969), Alergia/ Inmunología,
Medicina Nuclear y Cirugía Torácica (1971), Medicina de Emergencia (1979) y
Medicina Genética (1991). Al presente, estos son los 24 Directorios en los
Estados Unidos, a los que se han sumado 131 sub-especialidades con sus
respectivos Directorios.5
El
trabajo minucioso de cada uno de estos Directorios ha permitido el progreso de
cada especialidad y una verdadera atención de calidad a la ciudadanía.
Actualmente, la función primaria de cada Directorio es certificar los
especialistas y mantener su desarrollo profesional a lo largo de sus carreras. Cada
programa de entrenamiento es acreditado por una entidad especial desde 1981. El
año pasado se acreditaron 800 programas con 150 especialidades e ingresaron
10,000 residentes.
Desde
1979 funciona plenamente el National Resident Matching Program o Programa
Nacional de Asignación de Residentados, el cual permite la distribución anual
de las plazas ofertadas en cada especialidad y sub-especialidad. No hay examen
para ingresar. Es algo mucho mejor organizado, como veremos. Se caracteriza por
las tres “R”: Registro, ranking (orden de mérito) y resultados. El registro
incluye establecer la eligibilidad del candidato, la presentación de los
créditos de la escuela médica, licenciatura, USMLE para los extranjeros,
solicitud, preferencias (matching) y las entrevistas correspondientes; el
registro vale 75 dólares y comienza el 15 de setiembre. El ranking incluye las
listas y la verificación de los créditos. Los resultados se dan con el tiempo
suficiente para iniciar las residencias Julio 1.6
Como
vemos, la tarea educativa está a cargo de instituciones formativas. En los
Estados Unidos, el Departamento de Salud y Servicios Sociales (Department of
Health and Human Services), es un gabinete del gobierno con el objetivo de
proteger la salud de toda la población y
la prestación de servicios sociales esenciales.7 Su presupuesto para
2015 sumó 1.02 trillones de dólares, para atender importantes Departamentos,
como Medicare y Medicaid, National Institutes of Health, Public Health Service,
Food and Drug Administration, Center for Disease Control, etc. Mal podrían
ocuparse del entrenamiento médico de post grado. En el Perú, MINSA debería
tener otro tipo de preocupaciones.
El
autor de esta nota ha tenido la fortuna de estudiar y trabajar con
instituciones de primer nivel. De regreso al país tiene la obligación moral de
ofrecer una propuesta de cambios en salud, esta vez relacionado con el
entrenamiento de post grado. La calidad de la atención médica y los derechos
del pueblo están primero.
REFERENCIAS
- Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley 30453. El Peruano. Normas legales. Jueves 2 de marzo 2017.
- www.conareme.org.pe Residentados médicos 2016.
- Educación Médica en el Perú. Informe Final de la Comisión Ministerial de Salud RM 810, 2016.
- Uceda JE. Reforma del Sistema de Salud en el Perú. Rev Soc Peru Med Interna. 2015;28(2)34-38.
- www.abms.org
- www.nrmp.org
- www.hhs.gov